Por Sebastian Albornos – iProfesional
-.-
En detalle, los alcances
El proyecto de ley califica a muchos de los actuales requisitos que se exigen a los postulantes a un empleo como discriminatorios dado que, tal como establece la iniciativa, implican «una distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en determinados pretextos, como la etnia, el género, la orientación sexual o identidad de género, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole«.
En este sentido, la iniciativa propone considerar como prácticas discriminatorias las consultas sobre el origen nacional o social, la posición económica, el lugar de nacimiento, el aspecto físico, la discapacidad, la edad, el estatus familiar o el marital.
Los legisladores que la impulsan basaron su pedido en el Acta de Discriminación en el Empleo (ADEA), que se aplica desde hace 30 años en los Estados Unidos y prohíbe el uso de la edad para tomar decisiones de contratación, despido o promoción de empleados.
Dicha norma también impide clasificar a los postulantes de modo tal que se les quiten oportunidades a algunos de ellos.
Y sanciona explícitamente el uso de cualquier aviso publicitario en el que se ofrezcan empleos que destaquen la necesidad de candidatos jóvenes, recientemente graduados o identifique un rango de edad determinado.
Puntos importantes
El personal es un elemento clave para el desarrollo organizacional. Por tal motivo, la selección de los candidatos más acordes para desempeñar una función constituye -para cualquier organización- un tema de suma importancia.
Si se convirtiera en ley el proyecto, los empleadores, las áreas de recursos humanos, las agencias de personal o aquellas que sirvan de intermediarias en las ofertas de trabajo no podrán incorporar en los avisos requisitos que sean tildados de discriminatorios o impliquen una anulación o alteración en la igualdad de oportunidades o de trato.
Sin embargo, se advierte que las exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo determinado no serán consideradas como tales.
¿Qué penalidades prevé? La iniciativa estipula que si se llevan a cabo algunas de estas conductas, la multa a abonar podrá llegar hasta los $5.000 (desde un mínimo de $500) para los distintos actores involucrados, y por cada una de las publicaciones en falta.
Empleos «unisex»
Un aspecto relevante de la propuesta parlamentaria es que los avisos de empleo no podrán segmentarse por «hombre» o «mujer».
Es decir, no deberán incluir preferencias en virtud del género, por lo que tendrá que evitarse indicar que una determinada propuesta laboral está dirigida sólo a un sexo en particular, excepto en aquellos casos en que la empresa manifieste que lo hace para reparar una situación de desigualdad imperante en su planta de personal.
Para la redacción de los avisos deberá utilizarse un lenguaje neutral o de género, evitando referencias tales como «empleado», «técnico», «secretaria», que sugieran que la convocatoria se dirige exclusivamente a varones o a mujeres.
La iniciativa prevé que en aquellos casos donde por las particularidades propias del lenguaje dicha convocatoria pueda prestarse a confusión se deberá indicar que la oferta está dirigida a ambos sexos.
Punto final a la «buena presencia» o a la foto
De sancionarse la iniciativa, tampoco se podrán incluir límites de edad y se tendrá que evitar la utilización de referencias tales como «joven proactivo» o «persona madura», que indirectamente sugieran que los avisos se dirigen a un determinado grupo.
Las clásicas referencias que resalten el aspecto físico que deben tener los aspirantes tales como«buena presencia» también pasarán al olvido.
Sobre este punto, y tal como fue mencionado, las agencias y consultoras de empleo tendrán quedeshabilitar toda opción que permita que el aspirante envíe su foto a través de Internet o de buscadores.
Quedarán vedadas todo tipo de referencias dirigidas a la nacionalidad u origen de los candidatos y tampoco se permitirá hacer mención al lugar de residencia.
En este último caso, el aviso sólo deberá limitarse a informar la zona o barrio en el que deberá ser desempeñado el trabajo.
Durante el proceso de selección, los empleadores no podrán recurrir a exámenes socioambientales.
Sucede que, de acuerdo con los impulsores del proyecto, los mismos resultan violatorios del derecho a la intimidad de los candidatos. Además, indicaron, dan lugar a criterios discriminatorios relacionados con la condición social y lugar de residencia.
Formularios cortos
En los formularios de solicitud de empleo deberán eliminarse los campos en los que se pregunte sobre la nacionalidad, edad, sexo, estado civil, estatus familiar, enfermedades, domicilio o cualquier otra pregunta que no esté objetivamente relacionada con el trabajo que se ofrece o los requerimientos del puesto.
En aquellos casos en que, por las particulares condiciones del trabajo ofrecido, se requiera que los candidatos presenten alguna de las características sospechadas de discriminatorias, las razones deberán ser aclaradas en el mismo aviso y justificadas ante la autoridad competente.
Además, durante los procesos de selección de personal, los empleadores tendrán que recurrir a curriculums que sólo contengan el apellido del aspirante, sin tomar en cuenta los nombres.
Los postulantes sólo deberán indicar un número telefónico o casilla de correo electrónicopara que la firma se comunique con él o ella.
Repercusiones – Artículo completo!